miércoles, 22 de julio de 2009

LOS LUJOS SE PAGAN Y EL ESTADO DECORA TU CASA





Creo recordar de mi época de estudiante universitario, que los impuestos y, en su caso, los tipos impositivos, constituyen un instrumento del Estado (o de las Comunidades Autónomas, o de los Municipios, o de quien pueda establecerlos o, en última instancia, cobrarlos) para conseguir ciertos fines de la más variada índole: recaudatorios (para engrosar las arcas públicas, enjuagar el déficit público, financiar operaciones militares, etc), sociales (para contribuir al sostenimiento de organizaciones benéficas tipo ONG o Iglesia), culturales (para fomentar la lectura o la inversión en arte), sanitarios (para que se reduzca el consumo de alcohol o tabaco) o medioambientales (fomentar el consumo de productos que contaminen poco).



Así, por ejemplo, si se quiere reducir el consumo de tabaco (porque se considera que el mismo es nocivo para la salud), el Estado puede, entre otras alternativas, establecer un impuesto que grave el consumo del mismo, y si el impuesto no es suficiente para disuadir del consumo, puede ir aumentando el tipo impositivo aplicable hasta el límite de lo soportable por el fumador. Esto es, hasta que el precio que pague el fumador sea tan gravoso que éste prefiera prescindir de fumar, antes que arruinarse. Algo así como aquello de que “la letra, con sangre entra”.



Dado que el Estado es uno de los encargados de velar por el bien de los ciudadanos (de hecho, esa es su única razón de ser), se supone que los instrumentos que usa para ello deben estar inspirados por el fin perseguido (generalmente, el bien –cultural, sanitario, medioambiental, etc- de los ciudadanos). Usando el ejemplo del tabaco, se supone que el Estado aplica impuestos sobre el tabaco cada vez más elevados porque tiene que velar por nuestra salud, y no por puro capricho.



Lo dicho hasta ahora sobre los impuestos en general es igualmente aplicable a los tipos impositivos. Aquí lo que sucede es que hay ciertas operaciones que deben pagar impuestos siempre. Así ocurre con las compras de muchos productos (prensa, zapatos, comida, coches, ropa, etc) o la contratación de numerosos servicios (de un abogado, arquitecto, diseñador, etc). Pero el Estado puede considerar que algunos de esos productos o servicios deben pagar más que otros porque, como todo en esta vida, hay productos o servicios más o menos necesarios que otros Por eso, aunque un producto tenga que estar gravado con un impuesto, eso no quiere decir que pague exactamente el mismo impuesto (tipo impositivo) que otro producto.



Un ejemplo claro de lo que estamos diciendo lo encontramos con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Aun cuando la mayoría de productos y servicios tributan por IVA, hay algunos que lo hacen a un tipo más bajo que otros, siendo los tipos existentes el 4 %, el 7 % y el 16 % (pero todos son IVA).



¿Por qué unos tributan al 4, otros al 7 y otros al 16? Pues la razón debería ser la que hemos dicho antes: porque se considera por el Estado que aun teniendo que pagarse un impuesto, si un bien es muy necesario para sus ciudadanos sería injusto que pagase mucho impuesto por él, mientras que si un producto no es tan necesario o se considera lujoso, quien lo quiera comprar acabará pagando su capricho (y, de paso, el Estado puede compensar lo que gana de menos en unos con lo que gana de más en otros, y así acabará teniendo los mismos o parecidos ingresos).



Aunque a mí, personalmente, no me motiva en absoluto el análisis del sistema impositivo de un país, debo reconocer que ello es interesante para conocer, desde otra óptica, cómo es ese país. Así, por ejemplo, si un país establece un impuesto muy reducido para la compra de libros, podré pensar que le interesa fomentar la cultura de sus ciudadanos y, de paso, la industria cultural. Y si impone un impuesto altísimo para el caviar, o los yates, podré pensar que esos bienes se consideran lujosos y, hasta cierto punto, innecesarios, por lo que, quien los quiera, tendrá que pagar un extra. Y lo entiendo, pues no olvidemos que los impuestos, además de lo dicho, deben basarse en la capacidad económica de las personas, considerándose justo que pague más quien más tenga.



No obstante, a veces el Estado me deja perplejo. Resulta que hace unos días fui a comprar a un supermercado y, cuando revisaba el ticket de compra, comprobé con agrado que, junto al precio de cada producto adquirido, había una letra: A, B o C. Al pie del ticket se decía que A era el 4 % de IVA, B, el 7 % y C, el 16 %. Y me acordé de lo que llevo escrito hasta aquí.



Pero cuál fue mi sorpresa cuando comprobé la caprichosa selección de tipos impositivos que ha fijado el Estado para cada producto. Así, la fruta la pagué al 4 %, lo que me pareció lógico: hay que comer, al menos 4 piezas al día para estar sanos, según los expertos en nutrición; por tanto, deduzco que la fruta es un producto necesario para las personas y esto demuestra la teoría de los impuestos. Los yogures los pagué al 7 %; ya no lo veo tan claro, a la vista de las pirámides nutricionales, si bien puedo admitir que el consumo de yogures y lácteos en general no debe ser tan copioso como el de la fruta, luego, aunque dudoso, pensé que el Estado (con tanto funcionario cualificado) había hilado muy fino.


Y, finalmente, el papel higiénico lo pagué al 16 %. Aquí ya no entendí nada. Eliminé, de entre las justificaciones de un impuesto, las relativas a la capacidad económica de las personas, pues me pareció obvio que el papel higiénico lo usan, por igual, ricos y pobres. Pero en cuanto a las otras razones, ¿debo deducir que el papel higiénico es un producto no necesario o lujoso? ¿Debo pensar que el Estado pretende fomentar entre sus ciudadanos el abandono del papel higiénico como producto para la limpieza corporal y sustituirlo por otro, como una hoja de una planta? Y digo lo de la hoja de la planta porque, tras revisar la Ley del IVA, comprobé que la compra de flores o plantas vivas –siempre que sean ornamentales- tributa al 7 % (luego, el Estado fomenta el consumo de plantas en detrimento del papel higiénico).



Desde ese día, mi cuarto de baño parece un vergel y me siento más Mowgli.



Ver para creer.


2 comentarios:

Ernesto Allende Cafrune dijo...

Conocer la relación completa de artículos que tributan el IVA a los distintos tipos debe ser mas divertido que una excursión al Nepal.

¿Y que me dices de la creciente tentación de los gobiernos de suprimir los impuestos directos y dejar sólo los indirectos por la burda razón de que se gestionan con suma facilidad?

Vivir para ver, efectivamente.

Joaquim dijo...

Querido Ernesto: tienes mucha razón. La lectura es divertidísima (aunque farragosa, para qué te voy a engañar). Uno acaba pensando qué deberían estar haciendo, o qué habían tomado, los redactores para tan prolijas, curiosas y a veces ontradictorias enumeraciones.

En cuanto a los impuestos directos vs indirectos, tengo algo que decir.

Personalmente, no veo mal el establecimiento sólo de impuestos indirectos (tipo IVA o similar) que graven el "consumo", ¿Por qué? Pues porque, para mí, no tiene mucho sentido que se grave la renta obtenida si uno no consume. Es el consumo, y no la obtención de renta, lo que exterioriza riqueza o cambio de manos de bienes o servicios.

Por opinar, incluso opino que el Impuesto de Sucesiones (herencias y donaciones) debería ser (con algunas razonables excepciones) absolutamente disuasorio, es decir, elevadísimo. ¿Por qué? Pues para evitar el fomento de gandules y la simple transmisión de grandes patrimonios (vaya Vd a saber cómo se obtuvieron)en favor de personas que nada han aportado a la sociedad.

Sí, ya sé que lo que digo puede parecer contradictorio, o injusto. Pero mi primera opinión (y salvo mejores o mejor fundados criterios) es que la gente debe ganarse muy bien la vida...trabajando.

Ahora mismo, me vienen a la cabeza ciertos personajillos que suelen aparecer en revistas rosas o del corazón y cuya única actividad (conocida) es esa: salir en las revistas. Y resulta que viven del inmensísimo patrimonio que han heredado de, por ejemplo, su padre, y éste, del suyo, y éste, del suyo, hasta llegar a una época en la que es difícil acceder a datos históricos y sobre la que muy a menudo pesan dudas más que razonables acerca de la licitud en la obtención de los patrimonios.

Creo que en Ceilán (la actual Sri Lanka) se intentó experimentar lo del impuesto único (indirecto) hace años, pero ahora no recuerdo el resultado. Desde luego, por mi experiencia en Sri Lanka, la gente vive muy modestamente. Los occidentales diríamos que pobremente. Pero le aseguro que parecen ser muy felices. De hecho, se le conoce como la "cara amable de la India". No sé si esa felicidad se debe al budismo o al sistema impositivo (me inclino más por lo primero), pero parecen felices. Y eso, en esta vida, es fantástico.