Estos comentarios son un homenaje a prpr, que ha tenido la amabilidad de acceder a este blog y enriquecerlo con apreciaciones inteligentes.
prpr habla de los "zoquetes jurídicos" para referirse a aquellos abogados que no saben Derecho, y nos comenta que cierta autora llega a la conclusión (creo que no compartida por prpr) de que el desconocimiento del Derecho no da lugar a responsabilidad para el abogado, ya que impera el principio "iura novit curia".
Me temo que aquí nos va a pasar lo mismo que con lo de "Todo es lo mismo": que, al final, todo será discutible y bien argumentado (lo que, dicho sea de paso, corroborará aquello de que en el mundo del Derecho un mismo problema puede tener varias y distintas soluciones -incluso incompatibles entre sí-, todas ellas igualmente válidas, mal que les pese a los tradicionalistas que siguen manteniendo la trasnochada teoría del silogismo judicial jurídico como algo inmutable, infalible y garante de la sacrosanta seguridad jurídica).
Veamos, pues, qué ocurre con los "zoquetes jurídicos":
1.- ¿Es el desconocimiento del Derecho (o el error de Derecho) causa de responsabilidad para el abogado zoquete?.
Me temo que conviene hacer algunas puntalizaciones previas. En primer lugar, sugiero que convengamos que sólo nos podemos plantear la cuestión si, como consecuencia de ese desconocimiento, se produce un daño a alguien (el cliente del zoquete), por cuanto, según impera en el Derecho español, no puede haber responsabilidad -y reparación- sin daño (de ahí el art. 1902 del Código Civil, o que no se admitan condenas simbólicas por haberse hecho peticiones simbólicas). Es más, incluso desde el punto de vista práctico me pregunto si a algún cliente le importaría que su abogado fuese un zoquete mientras le gane el caso.
Pensemos que aunque el abogado sea un zoquete, el Juez también puede serlo (pues haber pasado una oposición no quiere decir que se sepa, sino que se sabía, al menos, los temas que le salieron en el examen) y dársele, así, la razón al zoquete. Si la Sentencia no se impugna (por la razón que sea), o no se puede impugnar (casos hay de ello), pues ¡bienvenidos al maravilloso mundo de los zoquetes!
Conviene aquí recordar que no se ha inventado aún ningún mecanismo de seguridad que no pueda ser desarmado por un tonto.
por ello, tal vez la pregnta debería ser: cuando como consecuencia de un error jurídico se ocasiona un daño al cliente, ¿debe responder de ello el abogado zoquete?
2.- ¿Debe responder el abogado zoquete de los daños causados a su cliente como consecuencia de su error jurídico?
No nos engañemos: a botepronto, mucha gente diría que sí (como lo dicen de los médicos que en lugar de un derrame cerebral diagnostican una gastroenteritis -caso real-, o de los asesores fiscales creativos, cuya creación acaba con una inspección y sanción al contribuyente, o de aquellos que te venden un coche que no tira ni por un barranco cuesta abajo -recordemos la teoría de los vicios ocultos o del aliud pro alio-).
¿qué razones pueden apoyar esa responsabilidad del zoquete? Pues, que yo sepa, de entrada, podríamos agarrarnos a las normas sobre diligencia en el cumplimiento de las obligaciones (véanse los arts. 1101, 1103 y 1104 del Código Civil). Recuérdese que ser abogado (o médico, o asesor fiscal, o lo que sea) no se debe sólo a circunstancias causales (tener el título de licenciado en Derecho y estar colegiado), sino a circunstancias finalistas (para defender intereses de los clientes). Por ello, quien quiera ser debidamente defendido buscará a alguien que sepa y pueda defenderle. Pero como aquí aparece la ignorancia (natural y no despectiva) del cliente (que no sabe Derecho ni si el que tiene delante lo sabe), el Estado ha venido a instaurar un sistema de "reconocimiento oficial" de capacitación, para que los clientes tengan la garantía de que quien sea abogado puede defenderle. De ahí que si el abogado no hace bien su trabajo, responderá del daño que haya causado: sencillamente, porque no ha cumplido con la capacitación que se le suponía.
Otra cosa es que ese sistema de "reconocimiento oficial" sea, e realidad, un mero sistema basado en las apariencias y en la confianza, pues ¿podemos estar seguros de que el reconocimiento de esa capacitación obedece a una efectiva capacitación? En otras palabras, ¿es fiable el sistema universitario que tenemos? ¿saben Derecho todos los licenciados? Si todos saben Derecho, ¿por qué las normas deontológicas que aprueban los Colegios de Abogados insisten tanto en que un Abogado no puede asumir un asunto si no está capacitado para ello?
Por ello, aunque admitamos que el abogado es responsable, me pregunto si podemos demandar al Estado por habernos engañado con una apariencia falsa, por haber defraudado la confianza que depositamos en ese sistema de reconocimiento oficial de capacitación del que sólo él (el Estado) es el responsable. ¿no dice, acaso, la Constitución española que el estado responde de los daños causados por el funcionamiento, normal o anormal, de la Administración?. He ahí una propuesta para abogados intrépidos....
prpr habla de los "zoquetes jurídicos" para referirse a aquellos abogados que no saben Derecho, y nos comenta que cierta autora llega a la conclusión (creo que no compartida por prpr) de que el desconocimiento del Derecho no da lugar a responsabilidad para el abogado, ya que impera el principio "iura novit curia".
Me temo que aquí nos va a pasar lo mismo que con lo de "Todo es lo mismo": que, al final, todo será discutible y bien argumentado (lo que, dicho sea de paso, corroborará aquello de que en el mundo del Derecho un mismo problema puede tener varias y distintas soluciones -incluso incompatibles entre sí-, todas ellas igualmente válidas, mal que les pese a los tradicionalistas que siguen manteniendo la trasnochada teoría del silogismo judicial jurídico como algo inmutable, infalible y garante de la sacrosanta seguridad jurídica).
Veamos, pues, qué ocurre con los "zoquetes jurídicos":
1.- ¿Es el desconocimiento del Derecho (o el error de Derecho) causa de responsabilidad para el abogado zoquete?.
Me temo que conviene hacer algunas puntalizaciones previas. En primer lugar, sugiero que convengamos que sólo nos podemos plantear la cuestión si, como consecuencia de ese desconocimiento, se produce un daño a alguien (el cliente del zoquete), por cuanto, según impera en el Derecho español, no puede haber responsabilidad -y reparación- sin daño (de ahí el art. 1902 del Código Civil, o que no se admitan condenas simbólicas por haberse hecho peticiones simbólicas). Es más, incluso desde el punto de vista práctico me pregunto si a algún cliente le importaría que su abogado fuese un zoquete mientras le gane el caso.
Pensemos que aunque el abogado sea un zoquete, el Juez también puede serlo (pues haber pasado una oposición no quiere decir que se sepa, sino que se sabía, al menos, los temas que le salieron en el examen) y dársele, así, la razón al zoquete. Si la Sentencia no se impugna (por la razón que sea), o no se puede impugnar (casos hay de ello), pues ¡bienvenidos al maravilloso mundo de los zoquetes!
Conviene aquí recordar que no se ha inventado aún ningún mecanismo de seguridad que no pueda ser desarmado por un tonto.
por ello, tal vez la pregnta debería ser: cuando como consecuencia de un error jurídico se ocasiona un daño al cliente, ¿debe responder de ello el abogado zoquete?
2.- ¿Debe responder el abogado zoquete de los daños causados a su cliente como consecuencia de su error jurídico?
No nos engañemos: a botepronto, mucha gente diría que sí (como lo dicen de los médicos que en lugar de un derrame cerebral diagnostican una gastroenteritis -caso real-, o de los asesores fiscales creativos, cuya creación acaba con una inspección y sanción al contribuyente, o de aquellos que te venden un coche que no tira ni por un barranco cuesta abajo -recordemos la teoría de los vicios ocultos o del aliud pro alio-).
¿qué razones pueden apoyar esa responsabilidad del zoquete? Pues, que yo sepa, de entrada, podríamos agarrarnos a las normas sobre diligencia en el cumplimiento de las obligaciones (véanse los arts. 1101, 1103 y 1104 del Código Civil). Recuérdese que ser abogado (o médico, o asesor fiscal, o lo que sea) no se debe sólo a circunstancias causales (tener el título de licenciado en Derecho y estar colegiado), sino a circunstancias finalistas (para defender intereses de los clientes). Por ello, quien quiera ser debidamente defendido buscará a alguien que sepa y pueda defenderle. Pero como aquí aparece la ignorancia (natural y no despectiva) del cliente (que no sabe Derecho ni si el que tiene delante lo sabe), el Estado ha venido a instaurar un sistema de "reconocimiento oficial" de capacitación, para que los clientes tengan la garantía de que quien sea abogado puede defenderle. De ahí que si el abogado no hace bien su trabajo, responderá del daño que haya causado: sencillamente, porque no ha cumplido con la capacitación que se le suponía.
Otra cosa es que ese sistema de "reconocimiento oficial" sea, e realidad, un mero sistema basado en las apariencias y en la confianza, pues ¿podemos estar seguros de que el reconocimiento de esa capacitación obedece a una efectiva capacitación? En otras palabras, ¿es fiable el sistema universitario que tenemos? ¿saben Derecho todos los licenciados? Si todos saben Derecho, ¿por qué las normas deontológicas que aprueban los Colegios de Abogados insisten tanto en que un Abogado no puede asumir un asunto si no está capacitado para ello?
Por ello, aunque admitamos que el abogado es responsable, me pregunto si podemos demandar al Estado por habernos engañado con una apariencia falsa, por haber defraudado la confianza que depositamos en ese sistema de reconocimiento oficial de capacitación del que sólo él (el Estado) es el responsable. ¿no dice, acaso, la Constitución española que el estado responde de los daños causados por el funcionamiento, normal o anormal, de la Administración?. He ahí una propuesta para abogados intrépidos....
3.- ¿Puede el abogado zoquete salvarse de algún modo de esa responsabilidad?
Ya hemos visto que sí: si le dan la razón, pues entonces no hay daño que reparar.
Pero no es todo tan sencillo, pues pueden darle la razón en una instancia y quitársela en otra (o viceversa), ¿qué ocurre entonces? Pues que el abogado zoquete dirá: "pues no seré tan zoquete, ya que gané una vez". ¿Quién era zoquete, el que me dio la razón, o el que me la quitó?
La autora que cita prpr dice que no hay responsabilidad por el principio "iura novit curia", o sea, porque aduzcas el Derecho que aduzcas al Juez, éste decidirá como quiera y en base al Derecho que él quiera o crea aplicable al caso.
Realmente ingenioso. Pero hay trampa,pues, a veces, no se da la razón precisamente por el error jurídico del zoquete (por ejemplo: porque en un juicio en reclamación de daños y perjuicios por incumplimiento contractual pide esos daños y perjuicios y, además, la cláusula penal pactada, cuando la misma era sustitutiva de los daños y perjuicios). Se me dirá que ese error se "subsana" por el citado "iura novit curia", ya que el Juez aplicará el art. 1152 del Código Civil, y condenará igualmente al demandado y andando. Otra vez hay trampa: salvo sorpresas, la estimación de la demanda será parcial, por lo que no habrá condena en costas (véase art. 394.2 de la LEC); luego, ¿quién resarce al cliente que ha visto cómo una zoquetería ha hecho que se esfume su legítimo derecho a ser resarcido de los gastos judiciales?.
No obstante, se me ocurren otras posibles salidas airosas para el zoquete (o no tan zoquete). Por ejemplo: me planteo, ¿hasta qué punto el abogado dice lo que dice porque es lo que es? ¿Acaso el abogado es un Juez que debe velar por la verdad, por aportar al juicio todas las pruebas del caso -incluso aquellas que le puedan perjudicar-? No nos engañemos: el abogado debe defender unos intereses (los de su cliente), pues los del contrario los defiende el otro abogado, y, al final, se hará lo que decida el Juez. Es más, si las partes no tienen el deber de decir la verdad (a diferencia de los testigos), ¿por qué tendría que hacerlo el abogado, que no es más que un instrumento para la defensa de la parte (instrumento, por cierto, de uso obligado en la mayoría de los casos, pues así lo establece la ley).
Luego, cuando un abogado, aparentemente, confunde el arrendamiento de servicios con el de obra, ¿no estará, en realidad, protegiendo así a su cliente? Piénsese en un dentista al que se le reclama por una dentadura mal hecha; la jurisprudencia coincide en que estamos ante un contrato de obra (se busca un resultado: la dentadura), mas no ante un contrato de servicios (en el que el resultado no depende de la voluntad del obligado, ya que sólo debe desplegar la actividad necesaria para el fin perseguido); si el dentista (y su abogado) saben que la dentadura estaba mal hecha, ¿sería diligente, por parte del abogado, reconocer que estamos ante un contrato de obra? Creo que no, pues sería meterse en la boca del león; por eso, el abogado podría pensar que a lo mejor hay suerte y nos toca un juez que opine que estamos ante un contrato de servicios (además, ejemplos hay en las colecciones jurisprudenciales de casos idénticos resueltos de forma distinta).
Otro dato en favor de los zoquetes: como ya analizamos en otro de nuestros comentarios, los tribunales están sujetos, para resolver los casos, al sistema de fuentes (ley, costumbre, principios generales), mas no a la jurisprudencia (aunque luego venga el Tribunal Supremo a casar sentencias que no respetan su criterio, y luego el propio Tribunal Supremo venga a cambiar esos criterios al amparo de nuevas interpretaciones o de la nebulosa "realidad social", y luego venga el Tribunal Constitucional diciendo que esto no se puede hacer salvo que se diga que se conoce la jurisprudencia, que se quiere cambiar y los motivos del cambio, y luego venga el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y le dé un pescozón al Constitucional, y luego vengan los Estados y no cumplan esa sentencia alegando que es extremadamente perjudicial y que nadie puede obligarle a cumplir por aquello de la soberanía...). Y como esto acaba siendo tierra de nadie, resulta que nos encontramos con sentencias contradictorias.
En estas circunstancias, ¿quién se atreve a decir que un abogado es zoquete si son los propios tribunales los que cambian de criterio?.
Y vuelta a empezar.