jueves, 14 de diciembre de 2006

DERECHO Y SENTIDO COMUN

A raíz de un comentario introducido por prpr al post sobre los zoquetes jurídicos, le contesté que: es cierto que existe (en la abogacía y en la judicatura) una evidente falta de formación jurídica. Pero también faltan otras cosas más simples: falta sentido común, integridad, valentía y educación. Falta sentido común porque a menudo se olvida que el derecho está al servicio de las personas, y no al revés. Y hay profesionales (abogados, jueces) que leen sin entender la ley y extraen de la misma consecuencias realmente sorprendentes e imaginativas, aunque carentes de utilidad para resolver el problema.
Esta mañana, haciendo tiempo entre una gestión y otra (ambas mal colocadas en la agenda), decidí pasar el rato en la biblioteca del Colegio de Abogados, que es silenciosa y se está calentito cuando hace frío. ¡Qué bien me lo he pasado leyendo un artículo incluido en los Estudios jurídicos en homenaje al profesor Luis Díez Picazo! Se trata de un artículo titulado, precisamente, Derecho y sentido común (apuntes sobre una concepción antropológica del derecho), de Javier Talma Charles, profesor titular de Derecho Civil en la Facultad de Derecho de la Universidad de Cantabria.
Se trata de un estudio realmente inteligente: el tema es nuclear (la esencia del Derecho), está bien fundamentado jurídicamente (con básicas pero irrefutables conexiones jurídicas entre normas que, por ser tan básicas, acabamos no dándoles importancia -véase el apartado de la coordinación entre las administraciones, por ejemplo-), de fácil lectura, cargado de humor y sabiamente aderezado con ejemplos jurídicos y no jurídicos y con dichos populares que se citan a modo de guinda o conclusión de cada tema abordado.
Javier Talma echa de menos la cita del sentido común entre los fines del Derecho en la literatura tradicional. Frente a las grandilocuentes y esperanzadoras referencias a la Justicia -nos dice- escasean las referencias a algo más próximo: el sentido común.
Se decanta por una definición de sentido común que, en lugar de referirse al modo de pensar de la generalidad de las personas, incluya los conceptos de razonabilidad y existencialidad. Así, será conforme al sentido común aquello que resulte razonable o conforme con la lógica y que sirva para dar respuesta a lo que exige la vida, no a lo que ordena la norma. Porque, en definitiva, sigue diciendo, el Derecho es una creación del hombre para servir al hombre.
En febrero de 2006, el Presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (Javier Gómez Bermúdez -sí, sí, el mismo cuyo nombramiento ha sido anulado 2 veces por el Tribunal Supremo por verdaderas pifias del CGPJ) dijo en una entrevista que cuando el derecho no es acorde al sentido común, normalmente lo que falla es el derecho, o, mejor dicho, la interpretación del derecho. La entrevista puede leerse en www.lexureditorial.com/noticias/0602/21155550.htm
O sea, que para el Sr. Gómez Bermúdez el desaguisado es imputable a los propios jueces (pues si lo que falla es la interpretación del derecho, quiere decir que el error está en quien debe hacer la interpretación para aplicar la norma, que no es otro que el juez).
Cuánta sabiduría se contenía ya en el Digesto cuando se decía (1,3,17):
conocer las leyes no es recordar sus palabras, sino su esencia y su significado

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